Andrés Celis Montt

El parlamentario valoró la interconexión de la información de salud para evitar la repetición de procedimientos y exámenes de las personas además de un ahorro significativo de costos

Con 132 votos a favor y cuatro abstenciones, la Cámara de Diputados despachó al Senado el proyecto que establece la interoperabilidad de las fichas clínicas, para garantizar la continuidad en el cuidado del paciente, instaurando estándares de información para prestadores públicos y privados.

Tras su paso por la Comisión de Salud donde tuvo varias modificaciones, en la sala de la Cámara de diputados la iniciativa fue aprobada ampliamente, retornando así a su tercer trámite en la Cámara Alta.

El diputado RN, Andrés Celis Montt detalló que ”lo que se busca es poder unir en una sola ficha electrónica toda la información del paciente de su salud, tanto en el ámbito público como en el privado. Y con ello ahorrar un costo significativo. Que no se repitan las licencias, los medicamentos, los diagnósticos. Que el paciente cuando vaya a cualquier consultorio, cesfam, hospital, clínica, se sepa cuál es la enfermedad que tiene, cuál es el procedimiento que ha tenido anteriormente. Es decir, tenga su historial clarísimo.”

En el proyecto se contempla una preocupación importante: la protección de los datos personales y la seguridad de la información. Y también se sanciona la negativa o tardanza injustificada en la entrega de información de las fichas clínicas. Al respecto el parlamentario señaló que ”hicimos una prevención que es fundamental, asegurar cualquier modificación legislativa respecto a los derechos fundamentales de los pacientes, especialmente el respetar la protección de sus datos personales y la confidencialidad de la información médica. Es importante establecer mecanismos claros para garantizar la seguridad y privacidad de los datos en el contexto de la interoperabilidad de las fichas clínicas, así como establecer sanciones efectivas para cualquier violación de estos principios. Y eso fue establecido de manera clara, precisa y concisa en este proyecto de ley. Por un lado, queremos eficiencia para que haya una mejor salud, pero también queremos garantizar que todo paciente tenga la certeza que sus datos van a ser privados, resguardados y asegurados.”

Según detalla la iniciativa los prestadores tendrán que conservar las fichas clínicas por un período de al menos quince años. Además, serán los responsables del cumplimiento de lo previsto en la Ley 19.628, sobre protección a la vida privada.

También deberán adoptar medidas para interoperabilidad con otros prestadores de salud, además del acceso oportuno a la información contenida en la ficha que sea necesaria para garantizar la continuidad del cuidado del paciente.

Será un reglamento del Minsal el que establecerá la forma y condiciones en que se almacenarán las fichas y las normas de administración, protección, eliminación e interoperabilidad. Y en el ejercicio de sus facultades podrán acceder a la ficha clínica el Instituto de Salud Pública y el Minsal, además de la Superintendencia de Salud para efecto fiscalizadores y sancionatorios que le otorgan ciertas normativas sobre los prestadores de salud. También tendrá acceso a la ficha clínica el prestador individual o los profesionales de salud que participen directamente en la atención del paciente.

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